George JELLINEK (1851-1911) es uno de los publicistas que mayor influencia ha ejercido a fines del siglo pasado y principio de éste. Su “Teoría General del Estado”, es una obra tan conocida que en muchas universidades de la América Latina es el libro de texto de la materia. Forma parte de la corriente conocida con el nombre de Escuela Sud Occidental Alemana, al lado de M. WEBER, E. LASK y otros; pertenece, como Hans KELSEN, y al decir de éste, “a aquella dirección científica que tuvo en Alemania como sus representantes más ilustres a Carl J. FRIEDRICH, Von GERBER y Paul LABAND que apartándose de la nebulosa metafísica del Estado, pretendía ser una Teoría del Estado Positivo, esto es una Teoría del Estado estrictamente jurídica, sin matiz político alguno”. JELLINEK pertenece, por lo tanto, a la corriente positivismo, que pretendía refutar a la tesis jusnaturalista del siglo XVIII, y que tuvo antecedentes, primero, el pensamiento de VICO, y después la Escuela Histórica del Derecho de PUCHTA y SAVIGNY.
El método aplicado por la Escuela citada está influenciado por el dualismo del ser y del deber ser de KANT, JELLINEK, y los demás representantes de la Escuela Sud Occidental Alemana, abordaron el tema relativo al método de la Teoría del Estado y le corresponde el mérito de haber introducido plenamente a dicha disciplina del método tipológico, del que ya se habló en la parte relativa de este libro.
La “Teoría General del Estado” de JELLINEK, constituye una obra obligada para quienes pretenden conocer la evolución histórica del Estado, pues su autor no se limita a exponer su pensamiento, sino que hace acopio de abundantes datos históricos, en donde trata los problemas propios de la Teoría del Estado, tales como la naturaleza y estructura de la misma, sus fines, su justificación, origen y desaparición de los Estados, formas de Estado, etc.
Dada la importancia del pensamiento expuesto por JELLINEK en su obra mencionada ya se ha citado en varias partes de este libro y se continuará haciéndolo en la medida que sea necesaria.
Hans KELSEN, es considerado como uno de los tratadistas más notables de esta disciplina. Fundador y máximo representante de la Escuela Vienesa, está ligado con la corriente positivista que tuvo en Alemania como representantes a Von Gerber, Paul LABAND y Georg JELLINEK, etc., quienes al decir del propio KELSEN, se apartaron de la nebulosa metafísica del Estado, para estudiarlo exclusivamente desde el punto de vista jurídico
A pesar del árbol genealógico doctrinario, que el propio KELSEN reconoce, no es fácil encontrar puntos de contacto entre él y JELLINEK, “su inolvidable maestro”. En efecto, mientras Jellinek advertía en el Estado un aspecto jurídico y otro social, Kelsen se limita a aceptar la existencia de uno sólo: el jurídico. Su doctrina, llamada “Teoría pura del Derecho”, la formuló tomando como punto de partida la normatividad. Según dice, Estado y Derecho, son una y la misma cosa, ya que el Estado es un orden jurídico, y un orden jurídico es a su vez, un conjunto de normas. Al decir de Hermann Heller desarrolló una actividad tendiente a dotar a la “Teoría del Estado”, de un método propio, pero por diversas razones, no llegó a concluir satisfactoria y plenamente su trabajo.
Su obra, en la que se advierte la influencia kantiana, es interesante a la luz del Derecho, y abunda en información para conocer el aspecto jurídico del Estado, y a mi juicio, incompleta. En dicha obra no se encuentra una relación histórica sobre la doctrina del Estado, pues tal parece que su autor tiene cierta aversión a los datos históricos, que él llama de más nota y también porque, según expresa, la “Teoría General del Estado”, de JELLINEK, reúne las características de información histórica, por lo que él considera innecesario abundar en tales datos, concentrándose a hacer la exposición de su pensamiento, en una forma por demás brillante.
Se afirma de KELSEN que es el representante teórico del fascismo que, en Alemania, derivó hacia el nacionalismo. Sin embargo, además de que su origen racial le hace insospechable, se piensa que las ideas que expone que expone sobre la democracia y autocracia, le llevan, en definitiva, más que adherirse a una o a otra, a un relativismo político.
___________________________________________________________________1 George JELLINEK, Teoría General del Estado, traducción de Luis Legaz Lacambra, Editora Nacional, Méx. D.F. 1959. pág. VII.
Hermann HELLER es uno de los publicistas más sugestivos de nuestros días. Su “Teoría del Estado” revela una profunda preocupación por precisar las características de la Teoría del Estado. El libro citado lo dejó inconcluso faltándoles el tema relativo a la soberanía, ya que la muerte segó su vida en plena actividad; sin embargo, como afirma Gerhart NIEMEYER, quien lo prologa, no cabe duda sobre cuál era el pensamiento de HELLER sobre la materia, ya que se deduce del criterio expuesto en los distintos temas del libro.
HELLER sostiene que no pretende construir “una Teoría General del Estado, con carácter de universalidad para todos los tiempos, porque no lo estimamos en lo absoluto posible”. En consecuencia, dice, “debe hablarse de una Teoría del Estado”.
La temática de su libro es singularmente interesante porque revela, junto con las conclusiones respectivas, el pensamiento de su autor quien, al decir de NIEMEYER, atiende a los datos de la realidad para construir un sistema que no puede identificarse con la lógica normativa sin Estado de Kelsen ni con el decisionismo de Carl SCHMIDT, adoptando una postura intermedia entre ambos.
Galindo CAMACHO, Miguel, Teoría del Estado, México, Editorial Porrúa, 2016. págs. 253-255.